Ahora será posible que el instituto pueda revisar los errores al momento que se otorgó una marca
MÉXICO, 01 de junio del 2026.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha facultado al Instituto Mexicano de la Propiedad (IMPI) la posibilidad de cancelar una marca en el caso de alguna equivocación.
En una sesión celebrada el 24 de febrero, se resolvió el Amparo Directo en Revisión 6714/2025, en la que se determinó fortalecer la protección de marcas comerciales en casos de duplicados, errores administrativos o fallas en la valoración de las solicitudes.
La Corte resolvió que el IMPI puede cancelar una marca cuando fue registrada por error, por ejemplo, si la autoridad se equivocó al otorgarla, la pasó por alto o la evaluó mal.
Explican que si la marca fue concedida de manera incorrecta, el instituto tiene la facultad de corregir ese error, a través de un procedimiento formal, en el que la persona o empresa dueña de la marca tenga derecho a defenderse.
En dicho proceso, el titular debe ser notificado, presentar pruebas, dar su versión de los hechos y argumentar por qué considera que su marca es válida.
La SCJN explicó que esta regla brinda mayor certeza jurídica, ya que evita que existan marcas mal otorgadas que afecten a otros negocios, dar protección a la competencia leal y reducir abusos o ventajas indebidas.
Previamente se presentaban disputas sobre marcas que quedaban en un limbo legal, pues no había reglas claras de cuando el IMPI podía anular un registro otorgado por error.






