La ley reconocerá esta práctica como una falta administrativa grave
MEXICALI, Baja California, 09 de octubre de 2026.- Con el propósito de combatir el nepotismo en la función pública, el Congreso de Baja California aprobó una reforma a la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado, con la cual se reconoce esta práctica como una falta administrativa grave.
La reforma deriva de una iniciativa presentada por la diputada con licencia Araceli Geraldo Núñez, quien planteó fortalecer las disposiciones legales para impedir que las personas servidoras públicas utilicen sus cargos o facultades para favorecer el ingreso de familiares a las instituciones gubernamentales.
Mediante la aprobación del Dictamen número 118 de la Comisión de Gobernación, Legislación y Puntos Constitucionales, se reformó el artículo 7 y se adicionó el artículo 63 Quater de la citada ley.
Con las modificaciones, se establece como nepotismo cuando una persona servidora pública intervenga, directa o indirectamente, en el nombramiento o contratación de familiares dentro de la institución donde ejerce sus funciones, ya sea en puestos de confianza, de estructura, de base o por honorarios.
La disposición comprende relaciones de parentesco por consanguinidad hasta el cuarto grado, por afinidad hasta el segundo grado, así como vínculos de matrimonio o concubinato, con lo que se busca evitar que las decisiones de contratación respondan a intereses familiares por encima del interés público.
Geraldo Núñez destacó que el nepotismo afecta los principios de igualdad y equidad en el acceso al servicio público, además de debilitar la confianza ciudadana en las instituciones, por lo que consideró necesario establecer reglas claras que impidan el uso de cargos públicos para otorgar beneficios particulares.
Asimismo, la reforma armoniza la legislación estatal con la Ley General de Responsabilidades Administrativas, que desde 2019 contempla la prohibición del nepotismo, con el fin de fortalecer el marco jurídico en materia de combate a la corrupción y responsabilidad de las personas servidoras públicas.








